Organizadas por el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, se han realizado recientemente unas Jornadas Técnicas sobre Arbitraje Cooperativo, a las que asistí junto con miembros de la Consejería murciana de Trabajo y Política Social. El motivo de las mismas no fue otro que transmitir la experiencia vasca como pionera en el desarrollo de un sistema institucional en la resolución de conflictos cooperativos, ya que son muchos los años que este consejo lleva a cabo las funciones de arbitraje, que se han extendido en la actualidad a la mediación y conciliación.
El consejo vasco está dotado de los más amplios mecanismos, no solo en la resolución de conflictos, sino en la prevención de éstos. Qué duda cabe que la gestión de los conflictos es una tarea cada vez más importante en las organizaciones cooperativas, no solo porque son organizaciones complejas, sino porque además los tipos de conflictos no son solo personales dadas las necesarias relaciones de colaboración entre las cooperativas.
La función arbitral que se lleva a cabo tiene por objeto la resolución de aquellas cuestiones litigiosas que se susciten entre cooperativas, entre éstas y sus socios, o entre los propios socios, siempre que ambas partes así lo soliciten, o bien por estar previsto en sus propios estatutos mediante una cláusula de sumisión al mismo. Para ello, el servicio vasco cuenta con una bolsa de árbitros profesionales con notable experiencia en el sector cooperativo, y cuyas resoluciones, laudos, son vinculantes para las partes.
El procedimiento, con respeto absoluto a la ley de Arbitraje, se inspira en los principios de inmediatez y oralidad, así como economía procesal a través de un procedimiento sencillo y gratuito para las partes (toda vez que su funcionamiento es subvencionado por la Administración vasca). Las partes ven satisfechas sus pretensiones quedando sometidas a la decisión final de un arbitro experto en temas cooperativos, y evitando así el tener que acudir a la vía judicial.
Las ventajas son evidentes: rapidez, confidencialidad, especialización, flexibilidad procesal y menor coste. A lo que hay que añadir los precedentes que se van sentando en cuanto a asuntos idénticos, conocidos por expertos en temas cooperativos, a los que se les puede solicitar informes previos de cara a evitar posibles conflictos.