Cooperativismo Regional - Suplemento de economía social de la Region de Murcia - Laverdad.es

 

AGROREGIÓN
Los agricultores estarán obligados a llevar desde el día 19 un registro de fitosanitarios
Los agricultores murcianos están obligados a llevar a partir del día 19 de este mes un registro de datos de la explotación referente a la aplicación de fitosanitarios, merced a la orden 326/2007, dictada el pasado 19 de febrero. Tal requisito forma parte del reglamento 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimentarios.

La citada orden establece que los agricultores deberán llevar un registro de datos de la explotación, que deberá mantenerse actualizada y con los documentos oportunos (facturas, albaranes, etcétera) y disponible ante la autoridad competente durante un período de al menos dos años desde que finalice la campaña. La información recopilada deberá ser la siguiente.

Para cada tratamiento químico realizado:

-Datos del cultivo, cosecha o almacén tratado.

-Referencia de la plaga.

-El producto utilizado, su nombre comercial y el número de registro.

Por cada análisis de plaguicida realizado:

-Datos del cultivo o cosecha muestreados.

-Sustancias activas empleadas en el tratamiento.

-Número del boletín de análisis y el laboratorio que lo realiza.

Para cada cosecha o partida comercializada:

-Datos del producto vegetal.

-La cantidad expedida.

-El nombre y dirección del cliente o receptor.

La Consejería de Agricultura ha elaborado un modelo de cuaderno de registro de utilización de medios de defensa fitosanitaria, que está a disposición de los agricultores en la sede de la Consejería, en las Oficinas Comarcales Agrarias, en las organizaciones profesionales agrarias y en la sede de la Federación de Cooperativas Agrarias de Murcia (Fecoam).





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