Cooperativismo Regional - Suplemento de economía social de la Region de Murcia - Laverdad.es

 

AGROREGIÓN
La fusión de cooperativas agrarias (y II)
Foto
Una vez suscrito un proyecto de integración como acuerdo previo, los respectivos consejos rectores cooperativos deberán abstenerse de realizar cualquier acto o celebrar contratos que puedan obstaculizar la aprobación de la fusión.

Es además obligatorio realizar una auditoría contable y una valoración actualizada del inmovilizado en todas las entidades y con la misma fecha, para realizar un balance de fusión que han de aprobar todos los consejos rectores intervinientes en el proceso, con diversas reuniones en donde todos han de ser generosos en las negociaciones (para alcanzar el acuerdo definitivo en donde todos ganan y todos deben ceder en algunas de sus pretensiones).

A partir de ese momento, se inicia la fase de información a los socios que, en la medida de lo posible, debe realizarse en grupos reducidos hasta llegar a las fechas de las distintas asambleas generales, que son las que, en definitiva, tienen la potestad de aprobar la fusión conforme al proyecto presentado. Y sin posibilidad de introducir modificaciones. Deben publicarse estos acuerdos mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en un diario de los de mayor tirada por cada una de las entidades que intervienen en la fusión.

Como último paso deben elevarse a públicos los acuerdos en escritura única e inscribirse en el Registro de Sociedades Cooperativas, teniendo este documento eficacia para la cancelación de las sociedades que desaparecen y la inscripción de la nueva sociedad constituida.

Por último, tanto la ley estatal como la murciana no se olvidan de garantizar tanto el derecho de separación del socio que haya votado en contra de la fusión, en cuyo caso la baja tendrá carácter de justificada, así como el derecho de oposición de los acreedores, en cuyo caso la fusión no podrá llevarse a efecto si sus créditos no son satisfechos o garantizados debidamente por la sociedad deudora o resultante de la fusión.





Publicidad


Vocento