|
La
concesión del Año Santo, quinto del mundo junto
a los de Jerusalén, Roma, Santiago de Compostela (Galicia)
y el Monasterio de Santo Toribio de Liébana, en Potes
(Cantabria), supone la celebración de un Año Jubilar
cada siete años, siendo el próximo en el 2003.
El decreto de concesión se hizo público en un acto
celebrado el día once de febrero de 1998 en la Sala de
Cabildos del Real Alcázar Santuario por quien entonces
era el obispo de la diócesis Cartagena-Murcia, monseñor
Javier Azagra Laviano.
Entre las causas que motivaron la concesión por parte
del Vaticano del Año Santo In Perpetuum cabe destacar
un hecho religioso, cuya trascendencia se remonta a más
de setecientos años en la Historia de España, de
la Región de Murcia y de Caravaca de la Cruz: la presencia
de la Santísima y Vera Cruz en estas tierras desde el
siglo XIII, cuyo origen oriental es harto comprobado, y en la
que la tradición religiosa y la fe cristiana considera
depositada una astilla del lignum crucis en que murió
Jesucristo.
Siete
siglos de culto
Este hecho ha supuesto el desarrollo, a lo largo de siete siglos,
de un culto religioso enraizado en el seno de la fe cristiana
y admitido por la Iglesia Católica, hasta el punto de
asignársele por el Vaticano (siglo XVIII) el culto de
«Latría», equivalente al tributado al Santísimo
Sacramento. Esta realidad trascendió los estrictos límites
geográficos locales, comarcales, regionales e incluso
nacionales, convirtiéndose la Ciudad de la Cruz en un
punto neurálgico y de referencia religiosa, teniendo su
máximo apogeo en los siglos XVI, XVII y XVIII, épocas
en las que primó el verdadero carácter religioso
de la Sagrada Reliquia, frente a otros atribuidos con posterioridad
(mágico-religioso, supersticioso o esotérico).
La fe generada en torno a la Santísima y Vera Cruz de
Caravaca propició, fundamentalmente en los siglos referidos,
y aún con anterioridad, verdaderas corrientes de peregrinación
hacia su santuario desde los más diversos puntos de la
geografía española, hasta tal punto que ya en pleno
siglo XVI se hallaba establecido un Hospital en la localidad,
el del Buen Suceso, con el fin fundamental de atender a los peregrinos.
Asímismo, y con la finalidad de propiciar, difundir y
mantener el culto a la Vera Cruz, nació la Real e Ilustre
Cofradía de la Santísima y Vera Cruz de Caravaca,
cuyos orígenes documentalmente probados se remontan a
la Edad Media y que, ya en el siglo XVII, estaba admitida como
canónicamente instituida, con base en las constituciones
de Clemente VIII (Quicumque, 1604) y Paulo V (Quae Salubriter,
1610).
A modo de muestra del valor de las referidas peregrinaciones
nos pueden servir los jubileos decretados en distintos años
de los siglos XVI y XVII, con motivo de las diferentes festividades
de la Cruz (mayo, julio, septiembre) o la solicitud concreta
que dirigía la Cofradía en 1663 al Papa Alejandro
VII, para que se pudiera admitir en la misma cofrades procedentes
de distintos puntos de España (lo que fue un hecho), y
en la que hace referencia a los peregrinos «...que frecuentemente
concurren de toda la Cristiandad a adorar a esta Santa Reliquia..».
Al mismo tiempo, y en el mismo año, se pide al Papa conceda
algunas indulgencias «...como están concedidas a
cualquiera de los santuarios de Santiago de Galicia o de la Virgen
del Pilar de Zaragoza o de Monserrate o de Guadalupe o de los
Santos Corporales de Daroca o de San Toribio, todos santuarios
de España...».
Otros dos motivos pueden servir de móvil justificativo
a lo que ha sido la base para la concesión eclesiástica
del Año Santo. Por una parte el hecho de que hace diecinueve
años, en 1981, fuese concedido un Año Jubilar a
Caravaca (tal vez el primero en su historia), con motivo de la
celebración del 750 Aniversario de la Aparición
de la Vera Cruz en Caravaca y que, hace cuatro años, en
1996, se concediese otro Año Jubilar que atrajo hasta
la localidad a más de 700.000 peregrinos.
Por otra, el deseo de clarificar, a nivel nacional, el verdadero
sentido de la Vera Cruz de Caravaca, como símbolo de fe
cristiana, frente a la difusión simplista e incluso no
religiosa, que de ella se viene haciendo en los últimos
tiempos en España.
La solicitud para la institucionalización del Año
Jubilar fue realizada por la Cofradía de la Santísima
y Vera Cruz antes de que finalizara el II Año Jubilar,
en 1996. Las sucesivas Juntas Representativas de esta institución
mantuvieron reuniones y contactos para dar curso a esta inquietud.
El obispo emérito de la diócesis, monseñor
Javier Azagra, entonces al frente de la Iglesia Diocesana, realizó
diferentes consultas tanto con la Conferencia Espicopal Española
como con el Vaticano. Finalmente, la Penitenciaría Apostólica
de la Santa Sede comunicó la concesión del Año
Santo in perpetuum con una periodicidad de siete años.
En este mismo documento, firmado por el regente de la citada
institución vaticana, se precisa que se concede Indulgencia
Plenaria para los días de la Apertura y Clausura del Año
Jubilar y también para los días 3 de mayo, festividad
que dio origen a las fiestas patronales, y el 14 de septiembre,
fecha en las que la Iglesia celebra la conocida Exaltación
de la Cruz. Durante el Año Jubilar también podrán
ganar estas gracias los que «siempre por devoción
peregrinen al Santuario en grupo». |