1.- Consideraciones previas
Tras la aprobación de la Directiva
Marco sobre Política de Agua y
su transposición a la legislación
española, es absolutamente necesario
establecer una nueva forma de gestionar
recursos hídricos, asegurando que
la cantidad y calidad de los mismos son
adecuadas a una demanda compatible con
un desarrollo más sostenible, y
que estos recursos pueden ser accesibles
a los demandantes a un precio razonable.
El trasvase del Ebro se ha mostrado -a
tenor de los análisis y evaluaciones
hechos tanto por el Ministerio de Medio
Ambiente como por los organismos informantes
de la Comisión Europea- como un
proyecto carente de viabilidad desde el
punto de vista económico-financiero,
ya que exige unos costes de acceso al
agua que, en media, y de acuerdo con estimaciones
más realistas que las asumidas
en el propio anteproyecto, nos acercarían
a una cifra del orden de 0,9 euros/m3.
Pese a las incertidumbres que toda gran
inversión con un largo plazo de
vida útil incorporan en una sociedad
tan dinámica como la actual, los
análisis de sensibilidad sobre
la incidencia de modificaciones en las
variables con influencia sobre el citado
coste conducen a una situación
de práctica inviabilidad económica
del proyecto, ya que no existen escenarios
previsibles en los que el coste resultante
del agua haría ésta accesible
para la agricultura.
Adicionalmente, es evidente que los recursos
hídricos en el Sureste español
están sobreexplotados (principalmente
los subterráneos), y a largo plazo
podría existir un riesgo sobre
su disponibilidad si no se adoptan medidas
urgentes de inversión, gestión
y racionalización en usos y comportamientos
sociales, que aseguren que en épocas
de sequías no se produzcan situaciones
catastróficas para la sociedad.
Desde esta perspectiva son necesarias
un conjunto de medidas urgentes que, en
primer lugar, incrementen la oferta de
recursos hídricos movilizables
en los términos recogidos en la
normativa sobre agua vigente en España.
En segundo lugar, es necesario incentivar,
de forma inmediata, las posibilidades
que dicha normativa establece a través
de la utilización de los centros
de intercambio de derechos de agua recogidos
en el artículo 71 del Texto Refundido
de la Ley de Aguas en vigor, en tanto
se elabora y se aprueba la norma que creará
los Bancos Públicos del Agua. En
tercer lugar, es perentorio introducir
medidas que incidan de una manera directa
en la mejora de la calidad del agua, en
la recuperación de los acuíferos,
en la prevención de inundaciones
y, en general, en la restauración
ambiental de las cuencas hidrográficas.
Por último, es necesario actualizar
la información sobre todos los
elementos que inciden en la cantidad y
calidad del agua y en la de los ecosistemas
ligados a la misma, así como en
los factores de demanda asociados a la
urbanización, al uso productivo
(agricultura, industria, y sector terciario)
y al mantenimiento de los ecosistemas,
elaborando el correspondiente diagnóstico
que pueda servir de partida para una reflexión
concertada de posibles líneas complementarias
de actuación futura, en el marco
de la Conferencia Sectorial del Agua,
de próxima creación.
Este proceso, en el caso especial de la
cuenca del Segura, permitiría evaluar
la oportunidad y la viabilidad de posibles
transparencias desde otras cuencas.
2.- Actuaciones inversoras para incrementar
la disponibilidad de recursos hídricos.
Una de las actuaciones tradicionales -prácticamente
la única, por ejemplo, en Canarias-
para la obtención de recursos hídricos
adicionales en el medio litoral es la
desalación, cuyo uso para abastecimiento
urbano permite la liberación de
recursos superficiales y subterráneos
para usos alternativos en el resto del
territorio. Otras actuaciones conducentes
al mismo fin son el incremento sostenible
del aprovechamiento de los acuíferos
y, en algún caso singular, aprovechamientos
específicos de aguas superficiales
con embalses o azudes de regulación.
El resto de actuaciones de inversión
que implican incremento de los recursos
disponibles se centran en mejoras de la
gestión, tratada en el epígrafe
siguiente, dentro del cual se incorporan
las inversiones ligadas a la reutilización
de las aguas residuales.
3.- Actuaciones ligadas a la mejora
de la gestión de los recursos hídricos.
Se va a proceder en todas las cuencas
a constituir Centros de Intercambio de
Derechos de Uso del Agua, mediante acuerdo
del Consejo de Ministros a propuesta de
la ministra de Medio Ambiente, quedando
los organismos de cuenca autorizados para
realizar ofertas públicas de adquisición
de derechos de uso del agua para, posteriormente,
cederlos a otros usuarios mediante el
precio que el propio organismo oferte.
Las adquisiciones y enajenaciones del
derecho al uso del agua que se realicen
conforme a este instrumento respetarán
los principios de publicidad y libre concurrencia,
y se llevarán a cabo conforme al
procedimiento y los criterios de selección
que reglamentariamente se determinen.
La contabilidad y registro de las operaciones
que se realicen se llevarán separadamente
respecto al resto de actos en que puedan
intervenir los organismos de cuenca.
Las comunidades autónomas podrán
instar a los organismos de cuenca a realizar
las adquisiciones a que se refiere el
apartado anterior para atender fines concretos
de interés autonómico en
el ámbito de sus competencias.
Adicionalmente, se incorporan las siguientes
inversiones ligadas a la mejora de la
gestión de los recursos hídricos,
tanto desde la perspectiva de la reutilización
de las aguas residuales y los programas
de ahorro y uso sostenible -en particular
los relativos a la modernización
de regadíos- como del refuerzo
de los sistemas de abastecimiento y la
gestión de determinados acuíferos.
4.- Actuaciones ligadas a la mejora
de la calidad del agua, prevención
de inundaciones y restauración
hidrológico-forestal
Las actuaciones que se contemplan son
variadas y tienen objetivos directamente
ligados a la mejora de la seguridad, salud
y sostenibilidad del medio. Algunas de
ellas tienen efectos sobre la disponibilidad
de recursos a largo plazo, aunque tal
incremento no se ha considerado en las
evaluaciones que se acompañan.
5.- Actuaciones de análisis
y diagnóstico de los factores incidentes
en una oferta y demanda de agua con calidad.
De forma simultánea a la realización
de las actuaciones anteriormente contempladas
-cuyo desarrollo se realizará con
caracter de urgencia- se procederá
a un estudio exhaustivo de todos aquellos
factores que tienen, han tenido o tendrán
una incidencia significativa en la disponibilidad
de un agua de calidad adecuada a las condiciones
de la demanda. Estos estudios actualizarán
los datos que sirvieron de base a la realización
de los Planes de cuenca que, dado el tiempo
transcurrido, necesariamente habrán
sufrido sensibles modificaciones. Igualmente,
considerarán en qué medida
las previsiones recogidas en dichos Planes
se han ajustado a lo realmente sucedido
y las causas que hayan podido incidir
en las diferencias que en su caso se detecten.
Desde el punto de vista de las disponibilidades,
se considerará el volumen actual
de recursos correspondientes a:
a) aguas superficiales, tanto continentales
como de transición, con la tipología
que corresponda.
b) aguas subterráneas, con su localización
y límites de las masas de agua.
c) el inventario de los recursos superficiales
y subterráneos, incluyendo sus
regímenes hidrológicos y
las características básicas
de calidad de las aguas.
Igualmente se considerarán los
usos, presiones e incidencias antrópicas
significativas sobre las aguas, incluyendo
los usos y demandas existentes (con una
estimación de las presiones sobre
el estado cuantitativo de las aguas),
la contaminación de fuente puntual
y difusa, su relación con los usos
del suelo y su evolución en el
tiempo, y en general todos aquellos aspectos
que impliquen afecciones significativas
de la actividad humana sobre la demanda.
Apartados adicionales a considerar explícitamente
en el diagnóstico deben ser:
a) La identificación y mapas de
las zonas protegidas y su relación
con los caudales ambientales.
b) Las redes de control establecidas para
el seguimiento del estado de las aguas
superficiales, de las aguas subterráneas
y de las zonas protegidas, y los resultados
de este control.
c) La degradación de ecosistemas
generada por problemas asociados a la
cantidad o calidad de aguas superficiales,
aguas subterráneas y aguas marinas.
d) Un análisis económico
del uso del agua, incluyendo una descripción
de las situaciones y causas territoriales,
normativas o de otro tipo que generan
distintos costes o tarifas en la actualidad
por dicho uso.
e) Una evaluación del grado de
cumplimiento de los Planes de cuenca,
y una explicación de las discrepancias
entre resultados previstos y obtenidos
con la política de agua desarrollada.
6.- Balance comparativo de la sustitución
del Trasvase por las medidas señaladas
Como se aprecia en el cuadro general que
se acompaña, los recursos que se
incrementan en el conjunto de las cuencas
mediterráneas con las actuaciones
previstas se sitúan en los 1.038
hm3; se superan así muy ampliamente
los 620 hm3 que realmente podrían
obtenerse del trasvase del Ebro, pues
los 1.050 hm3 que teóricamente
supone aprovechables el anteproyecto del
trasvase serían absolutamente imposibles
de obtener teniendo en cuenta las necesidades
ambientales del Delta del Ebro y las de
regulación en los embalses de Mequinenza/Ribarroja,
así como las pérdidas de
agua a lo largo de toda la conducción.
Además, los plazos de ejecución
de las actuaciones urgentes serán
sin duda mucho más reducidos que
los que hubiera requerido el trasvase.
7.- Inversión estimada
También se deduce del cuadro general
que la inversión total estimada
es de unos 3.791 millones de euros (de
los cuales 3.747 corresponden a las Comunidades
Autónomas de Andalucía -568-,
Murcia -807-, Valencia -1.282- y Cataluña
-1.110); que es desde luego inferior a
los 4.207 millones supuestos por el anteproyecto,
y sobre la que deben subrayarse además
tres cuestiones importantes.
En primer lugar, los 3.791 millones que
ahora se invertirán corresponden
no sólo a la obtención de
recursos alternativos y en mayor cuantía
que los del trasvase del Ebro -1.058 hm3
frente a 620 hm3-, sino que incluyen también
otras actuaciones urgentes en prevención
de inundaciones o restauración
ambiental.
En segundo lugar, el riesgo de desviaciones
de costes al alza en un proyecto tan complejo
como el trasvase del Ebro es mucho más
elevado que en las actusciones localizadas
y modulables que ahora se proponen.
En tercer lugar, las actuaciones urgentes
propuestas permiten asegurar, como mínimo,
la cofinanciación programada para
el trasvase -y cuya obtención era
muy cuestionable- por un importe de 1.262
millones de euros.
8.- Relación de actuaciones
En el anejo se incluye la relación
de actuaciones en cada una de las cuencas,
diferenciadas por tipos de actuación
de acuerdo con lo expuesto en los apartados
anteriores.